Causasde la reclamaci贸n. No hace falta indicar con que pruebas tenemos, ya que eso se deja para el procedimiento judicial, pero s铆 que tenemos que indicar todas las causas por las que solicitamos la improcedencia o la nulidad del despido. No es necesario indicar la indemnizaci贸n reclamada: A indicar la antig眉edad y el salario, ya se sabe
Siel promovente no las presenta dentro de dicho plazo, se tendr谩 por no presentada la ampliaci贸n a la demanda. Si se trata de las pruebas documentales o de los cuestionarios dirigidos a peritos y testigos, a que se refieren las fracciones VII, VIII y IX del art铆culo 15 de esta Ley, las mismas se tendr谩n por no ofrecidas.
establecidaen el art铆culo 1401 del C贸digo de Comercio, conforme a la cual, el ofrecimiento de pruebas debe efectuarse en los escritos de demanda, contestaci贸n y desahogo de vista de 茅sta. As铆, no obstante que el art铆culo 1214 del C贸digo de Comercio permite el ofrecimiento de la prueba confesional ejecutivo mercantil.
Paso2: Obtenci贸n de pruebas Una vez que hayas realizado la investigaci贸n inicial, es hora de obtener las pruebas necesarias para respaldar tu demanda penal. Estas pruebas pueden incluir fotograf铆as, videos, documentos, grabaciones de audio y cualquier otro elemento que pueda demostrar la culpabilidad del acusado o la inocencia del
RESUMEN El presente trabajo tiene por objeto indagar acerca del contenido y alcance de la potestad contenida en el Art. 18 N掳l del Proyecto de C贸digo Procesal Civil, esto es, la posibilidad de que el juez rechace in limine una demanda cuando aparece manifiestamente infundada.El autor se hace cargo de dos problemas: en primer lugar, concretar el
Laprueba puede definirse como la actividad encaminada a convencer el juez de la veracidad de los hechos que se afirman existentes en la realidad. Los diferentes medios
Cargade la prueba. La carga de la prueba hace referencia a la parte procesal que tiene la obligaci贸n de probar los hechos o derechos que alega en el proceso. Cuando una persona demanda a otra, tiene la obligaci贸n de probar los hechos que el imputa o las obligaciones que el reclama, y a su vez, la parte demandada tiene la
Eldiligenciamiento de la prueba de declaraci贸n de parte, de testigos y reconocimiento judicial se practica, se帽alando el juez, el d铆a y la hora a realizarse, dej谩ndose constancia por escrito. Valoraci贸n Cuando la prueba ha cumplido con el procedimiento referido y el juez se encuentra en la posici贸n de dictar sentencia debe valorarla, determinando que
jur铆dicos los argumentos, los medios de prueba, ni los hechos que aun siendo constitutivos (porque alegados, y en su caso probados, son presupuesto de la estimaci贸n de la pretensi贸n) no tienen la funci贸n previa de delimitar e individualizar el objeto del proceso, en la perspectiva de la congruencia, litispendencia, cosa juzgada y
Siest谩s pensando ofrecer pruebas documentales o de cualquier otro tipo en una demanda, este art铆culo es perfecto para ti, hoy aprender谩s en pocos pasos como
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